última actualización en 5/13/2020
Lo Que Los Trabajadores H-2A Deben Saber Sobre Sus Derechos Laborales Durante el COVID-19
Esto no es un consejo legal. Para obtener asesoramiento confidencial gratuito sobre su caso, llámenos al 888-988-9996 (si vive o trabaja en Texas) o al 866-721-7828 (si trabaja en Alabama, Arkansas, Kentucky, Louisiana, Mississippi, o Tennessee). Nuestros servicios están disponibles en varios idiomas, son gratuitos, y 100% confidenciales.
Parte 1: Sus Derechos Basados en contrato H-2A
¿Qué sucede si mi empleador termina el trabajo antes de tiempo debido al COVID-19?
Según las regulaciones H-2A, un empleador puede finalizar el trabajo antes de tiempo si el trabajo se vuelve imposible por razones que están fuera del control del empleador. Dependiendo de los factores, COVID-19 podría calificar como una razón fuera del control del empleador, por ejemplo, si el empleador pierde clientes o cosechas. Este tipo de evento se llama un “Acto de Dios.” Si el empleador cancela el trabajo por ese motivo, el empleador debe pagar su viaje de regreso a su hogar o al próximo empleador. Si no estuvo trabajando muchas horas por semana antes de que finalizara el trabajo, es posible que también se le deba un pago adicional 3/4 según las disposiciones de garantía del contrato.
También puede transferirse a otro empleador. Consulte la Parte 2: Su Derecho a Transferir Trabajos.
¿Si mi trabajo termina antes de tiempo, quien paga por los costos de viaje para que yo pueda regresar a casa?
Si su trabajo termina antes de tiempo por causa de problemas relacionados con el COVID-19, su empleador debe pagar por sus gastos de transporte de regreso a su país de origen o al próximo empleador. El empleador también tiene que reembolsarle por cualquier costo que haya incurrido viajando desde su hogar hasta la granja de su empleador.
¿Puede mi jefe obligarme a ponerme en cuarentena tan pronto como llegue al trabajo, incluso si no tengo síntomas?
Si, pero la cuarentena aún está sujeta a los términos de su contrato, las regulaciones H-2A y las leyes federales y estatales. Por ejemplo, si hay una ley estatal que requiere que su jefe le ponga en cuarentena, usted podría ser elegible para vacaciones pagadas bajo las recientes leyes de emergencia aprobadas por el gobierno federal. También puede calificar para vacaciones pagadas si está en cuarentena porque se está haciendo la prueba del virus o si tiene síntomas del virus. Además, según su contrato H-2A, su jefe aún deberá cumplir con la garantía de ¾ al final de su contrato. Un abogado puede responder sus preguntas.
¿Si tengo que hacerme la prueba de COVID-19, quien paga por la prueba?
Bajo una ley de emergencia aprobada por el gobierno federal, debería ser posible hacerse la prueba de forma gratuita. Usted puede encontrar centros de pruebas aquí.
También puede inscribirse en un seguro de salud. Tiene 60 días después de su llegada a los Estados Unidos para inscribirse. Llame al 1-800-318-2596 para obtener ayuda para inscribirse (en inglés y español). El seguro de salud ayudaría a cubrir los costos si fue hospitalizado con el virus.
Si usted llega a ser hospitalizado debido a complicaciones con el virus, sus cobros podrían ser cubiertos por la compensación al trabajador. Sin embargo, dependerá de los factores y del estado en el que se lesionó. Un abogado puede responder sus preguntas.
¿Quién paga por cosas como máscaras y artículos de limpieza que son necesarios para mantenernos sanos y salvos?
Según la ley federal, su jefe debe proporcionarle equipo de protección personal (EPP), como guantes, gafas, máscaras faciales, y protección respiratoria, cuando sea necesario para mantenerlo seguro mientras realiza su trabajo. Los tipos de EPP que su empleador debe proporcionarle durante la pandemia de COVID-19 dependerán en el riesgo de infectarse o propagar el virus mientras trabaja. Es la responsabilidad de su empleador evaluar el lugar de trabajo en busca de riesgos, identificar y proporcionar el EPP adecuado, capacitarlo en el uso del EPP, mantener y reemplazar el EPP defectuoso, y revisar y actualizar periódicamente la efectividad del EPP. Con pocas excepciones, su empleador debe pagar por cualquier EPP requerido.
El CDC (el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades, en español) ha recomendado que todas las personas usen mascarillas de tela cuando el distanciamiento social no sea posible; y que las superficies compartidas se limpien regularmente. Si su empleador no está tomando precauciones, considere tomar sus propias medidas para protegerse en el trabajo (consulte la Hoja Informativa: Lo Que Los Trabajadores Agrícolas Deben Saber Sobre el COVID-19). Si compra su propio EPP, asegúrese de guardar los recibos. También tiene derecho a hablar con un abogado.
¿Cuáles son mis derechos para mantenerme sano si vivo en una vivienda proporcionada por el empleador?
La ley federal exige que las viviendas provistas por el empleador estén equipadas con lo siguiente: ventanas adecuadas para ventilación, equipos sanitarios para cocinar, espacio suficiente entre camas (al menos 36 pulgadas o 91.44 cm), baños limpios y equipados con un suministro adecuado de papel higiénico y un adecuado y conveniente suministro de agua que se puede usar para beber, cocinar, bañarse y lavar la ropa. El CDC también ha recomendado medidas de distanciamiento social que podrían ayudarlo a mantenerse sano. También debe verificar su contrato por cualquier promesa hecha con respecto a la vivienda ya sea relacionada con el COVID-19 o con la salud general y el saneamiento.
Si su empleador no está tomando medidas para protegerlo en la vivienda, considere tomar sus propias medidas para protegerse (consulte la Hoja Informativa: Los Que Los Trabajadores H-2A Deben Saber Sobre el COVID-19), y también puede hablar con un abogado.
¿Hay un virus confirmado o brote en mi lugar de empleo y/o en la vivienda que mi empleador me proporciono, cuáles son mis derechos y que puedo hacer?
Dígale a su empleador si todavía no lo sabe. Su empleador debe tomar medidas para separar a las personas enfermas de otros trabajadores y evitar la propagación del virus. Consulte el Plan De Seguridad en el Lugar de Trabajo Agrícola para obtener más información sobre lo que debe hacer su empleador. Debe intentar hacerse la prueba y hablar con un medico sobre los pasos siguientes. Usted tiene el derecho de hablar sobre sus inquietudes. Si cree que su jefe no está tomando suficientes medidas para protegerlo, puede hablar con un abogado o presentar una queja ante la agencia federal de salud y seguridad, OSHA. Consulte el documento Manteniéndose Seguro en El Trabajo Durante el Coronavirus para más información.
¿Puedo renunciar o negarme a trabajar porque no me siento seguro?
Usted siempre tiene el derecho a dejar un trabajo que considere inseguro. También tiene derecho a hablar sobre cuestiones de seguridad en el trabajo, y su empleador no puede tomar represalias contra usted por hacerlo. Si usted siente que existe una amenaza inminente para su seguridad y salud, puede presentar una queja ante la agencia federal de salud y seguridad, OSHA. Consulte el documento Manteniéndose Seguro en El Trabajo Durante el Coronavirus para más información. Si tiene quejas sobre la vivienda, también puede presentar una queja ante la División de Horas y Sueldos del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos en su estado de empleo.
También puede negarse a trabajar si siente que se le está pidiendo que haga algo inseguro, pero debido a que los trabajadores agrícolas han sido considerados “trabajadores esenciales” (lo que significa que tienen que trabar durante la pandemia), negarse a trabajar puede ser motivo para ser despedido. Un abogado puede hablar con usted sobre sus derechos si lo amenazan con ser despedido.
¿Qué sucede si me despiden por quejarme de condiciones inseguras?
Según la ley federal, tiene derecho a hablar sobre cuestiones de seguridad sin temor a represalias. Si se toman represalias contra usted y trabaja en una granja con un campo de trabajo que se ha utilizado en los últimos 12 meses, puede presentar una queja de denunciante ante la agencia federal a cargo de la salud y seguridad de los trabajadores, OSHA. Para obtener más información, consulte el documento Manteniéndose Seguro en El Trabajo Durante el Coronavirus. También puede obtener otras opciones legales dependiendo los términos de su contrato H-2A y las leyes estatales del estado en el que está trabajando.
¿Qué sucede con mi visa si renuncio o me despiden por hablar sobre la seguridad en el trabajo?
Bajo el programa H-2A, si su trabajo con su empleador patrocinador (el empleador nombrado en su visa) finaliza, tiene la opción de transferirse a otro empleador o regresar a su país de origen. Existen nuevas reglas que han hecho la transferencia a un empleador diferente más fácil, pero necesitaría encontrar otro empleador dispuesto a hacer la transferencia. Consulte la Parte 2: Su Derecho a Transferir Trabajos. Si no se transfiere o si usted regresa a su país de origen, su visa eventualmente dejará de ser válida y ya no tendrá permiso para estar en los Estados Unidos. Un abogado puede responder preguntas sobre su visa si usted es despedido o renuncia.
¿Quién paga los costos de mi viaje si renuncio o soy despedido por hablar sobre la seguridad en el trabajo?
Si usted renuncia por razones legitimas sobre la seguridad, su jefe debe pagar los costos de transporte y cualquier daño que surja de condiciones inseguras. Pero si su jefe debe pagar dependerá de la situación. Un abogado puede responder mejor sus preguntas sobre sus derechos antes de renunciar, pero también puede aconsejarle sobre cuáles son sus opciones después de hacerlo.
¿Es requerido que mi empleador implemente medidas de seguridad?
Según la ley federal, su empleador debe asegurarse que su lugar de trabajo esté libre de peligros y condiciones que puedan causar lesiones inminentes o la muerte. Dependiendo de sus condiciones de trabajo, COVID-19 puede calificar como riesgo mortal para la salud. Consulte el Plan De Seguridad en el Lugar de Trabajo Agrícola para obtener más información sobre los pasos que debe tomar su empleador para protegerlo y que puede hacer usted para protegerse.
¿Puedo hacer cumplir mis derechos si regreso a mi país de origen?
Sí, puede hacer valer sus derechos desde su país de origen con la asistencia de abogados estadounidenses. La única limitación en sus reclamos puede ser la fecha límite que determina la fecha para la cual usted debe tomar acción (esto se conoce como el “estatuto de limitación”). Consulte un abogado si tiene preguntas sobre sus derechos.
Parte 2: Su Derecho a Transferir Trabajos
¿Puedo transferirme a otro trabajo si no me siento seguro?
Sí, siempre tiene la libertad de transferirse a un trabajo H-2A diferente si puede encontrar otro empleador dispuesto a presentar la documentación en su nombre. (Consulte "Cómo se realizan las transferencias" para obtener más detalles).
¿Puede mi empleador obligarme a transferirme si mi trabajo termina antes de tiempo debido al COVID?
No. Usted siempre tiene opción elegir dónde trabaja y para quién. Si su jefe actual no tiene ningún trabajo para que usted haga, podría decirle algo como "puede irse a casa o ir a este otro trabajo". En esa situación, realmente tiene tres opciones: (1) irse a casa, (2) transferirse al trabajo que encontró su empleador, o (3) transferirse a un trabajo con un productor diferente quien usted ya conoce y quien está dispuesto a presentar la documentación H-2A para usted. La decisión es suya, y no debería tener que pagar los costos de transporte, independientemente de la opción que elija.
¿Cómo se realizan las transferencias?
El gobierno de los Estados Unidos ha cambiado las reglas de transferencias debido a COVID-19. Esto significa que, del 20 de abril al 18 de agosto de 2020, será un poco más fácil de lo normal que se transfiera de un trabajo H-2A a otro. Pero aun así, no es fácil.
Usted debe estar físicamente presente en los Estados Unidos con una visa H-2A válida.
Usted tiene que encontrar un nuevo empleador elegible. El nuevo empleador debe estar participando en el programa H-2A actualmente y tener al menos una posición abierta para un trabajador H-2A.
Su nuevo empleador debe poner una solicitud los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) para contratarlo con una visa H-2A.
¿Qué tan pronto puedo comenzar a trabajar después de solicitar una transferencia?
Depende de cuándo su nuevo empleador H-2A presente la transferencia.
Si USCIS recibe la solicitud antes del 18 de agosto de 2020, puede comenzar a trabajar tan pronto como USCIS reciba la solicitud de transferencia de su nuevo empleador (pero no antes de la fecha de inicio del nuevo empleador para otros trabajadores H-2A).
Mientras usted espera que USCIS apruebe o rechace la solicitud de transferencia, puede trabajar durante 45 días después de la fecha en que USCIS recibe la solicitud o la fecha de inicio de H-2A del empleador (la que sea posterior). Si se rechaza la solicitud, debe dejar de trabajar 15 días después de la fecha de rechazo. Si se otorga la solicitud, puede continuar trabajando durante el período de contrato completo del nuevo empleador H-2A.
Si USCIS recibe la solicitud de transferencia después del 18 de agosto de 2020, solo puede comenzar a trabajar de inmediato si su nuevo empleador participa en el programa e-Verify. Si no, debe esperar hasta que USCIS otorgue la solicitud para comenzar a trabajar.
¿Quién paga por mi transporte para el trabajo nuevo?
Su empleador inicial es normalmente responsable de pagar el costo de su transporte de su trabajo inicial al nuevo trabajo H-2A. Usted puede también hacer un convenio con su nuevo empleador que ellos paguen sus gastos. De cualquier manera, usted no debería tener que pagar por el costo de su transporte.
¿Cuántas veces puedo transferir? ¿Cuánto tiempo puedo permanecer en los Estados Unidos transfiriéndome de un trabajo a otro?
Mientras se solicite y apruebe una transferencia en su nombre entre el 20 de abril y el 18 de agosto del 2020, no importa cuántas transferencias haya realizado o cuánto tiempo haya estado trabajando en los Estados Unidos. Después del 18 de agosto de 2020, no puede transferirse si tomar el nuevo trabajo significa que ha estado en los Estados Unidos por más de tres años sin descanso.